Alícuotas de IVA en Argentina: 21%, 27%, 10.5% y 0%
Fórmulas rápidas
Añadir IVA 21%: base × 1,21
Quitar IVA 21%: total ÷ 1,21
Añadir IVA 27%: base × 1,27
Añadir IVA 10,5%: base × 1,105
Ejemplo: ARS 12.100 ÷ 1,21 = ARS 10.000 (base); IVA = ARS 2.100
Argentina tiene un sistema de 4 alícuotas principales de IVA: 21% (general), 27% (aumentada), 10,5% (reducida) y 0% (canasta básica desde Decreto 567/2019). La correcta aplicación de cada alícuota es una obligación fiscal fundamental para Responsables Inscriptos.
Tabla Comparativa de Alícuotas
| Categoría | Alícuota | Base ARS 10.000 | IVA | Total |
|---|---|---|---|---|
| General | 21% | 10.000 | 2.100 | 12.100 |
| Servicios públicos | 27% | 10.000 | 2.700 | 12.700 |
| Reducida | 10,5% | 10.000 | 1.050 | 11.050 |
| Canasta básica | 0% | 10.000 | 0 | 10.000 |
Alícuota General — 21%
La alícuota general del 21% se aplica a la mayoría de bienes y servicios en Argentina. Es la tasa por defecto cuando no existe una norma específica que establezca otra alícuota.
Ejemplos de productos/servicios con 21%:
- Electrodomésticos
- Ropa y calzado
- Restaurantes y servicios gastronómicos
- Hoteles y alojamiento
- Muebles
- Electrónica (computadoras, celulares)
- Servicios profesionales generales
- Vehículos
Ejemplo de cálculo (ARS):
Añadir IVA: ARS 10.000 × 1,21 = ARS 12.100
Quitar IVA: ARS 12.100 ÷ 1,21 = ARS 10.000 (base imponible)
Alícuota Aumentada — 27%
La alícuota del 27% es la tasa más alta y se aplica principalmente a servicios públicos y telecomunicaciones. Esta tasa representa una política fiscal sobre servicios esenciales de red.
Productos y servicios gravados al 27%:
- Electricidad distribuida por redes
- Gas natural distribuido por redes
- Agua corriente (servicios sanitarios)
- Telecomunicaciones (telefonía, internet)
- Servicios de telefonía móvil
- Televisión por cable/satélite
Ejemplo de cálculo (ARS):
Añadir IVA: ARS 10.000 × 1,27 = ARS 12.700
Quitar IVA: ARS 12.700 ÷ 1,27 = ARS 10.000
Esta alícuota impacta significativamente en las facturas de servicios del hogar.
Alícuota Reducida — 10,5%
La alícuota del 10,5% aplica a bienes de capital y productos de primera necesidad. Su objetivo es reducir la carga fiscal en productos esenciales y bienes que fomentan la inversión productiva.
Productos gravados al 10,5%:
- Frutas y verduras
- Legumbres y hortalizas
- Medicamentos
- Libros, diarios, periódicos
- Servicios de transporte de pasajeros
- Algunos bienes de capital
- Carnes y productos cárnicos (algunos)
- Productos de la construcción (algunos)
Ejemplo de cálculo (ARS):
Añadir IVA: ARS 10.000 × 1,105 = ARS 11.050
Quitar IVA: ARS 11.050 ÷ 1,105 = ARS 10.000
Alícuota 0% — Canasta Básica (Decreto 567/2019)
El Decreto 567/2019 implementó la alícuota del 0% para productos de la canasta básica. Esta es una distinción crítica: IVA 0% ≠ IVA exento.
Diferencia crítica: 0% vs Exento
Con 0%: El vendedor mantiene el derecho a crédito fiscal (puede acreditar el IVA pagado en sus compras).
Exento: El vendedor NO tiene derecho a acreditar el IVA de sus compras relacionadas.
Productos de canasta básica con IVA 0%:
- Aceite de girasol
- Arroz
- Azúcar
- Harina
- Huevos
- Leche
- Pan
- Pastas secas
- Yerba mate
- Yogur
Objetivo: Reducir el precio final al consumidor sin afectar la cadena productiva (el vendedor mantiene crédito fiscal).
Cómo Identificar la Alícuota Correcta
- Verificar categoría del producto/servicio: Consultar el Artículo 28 de la Ley de IVA con listados oficiales.
- En factura: Debe especificarse la alícuota aplicada en cada item.
- Decreto 567/2019: Para productos de canasta básica con alícuota 0%.
- Consultar AFIP/ARCA: Para casos especiales o dudas específicas.
- Asesoramiento profesional: Un contador matriculado puede ayudar con casos complejos.
Preguntas Frecuentes
¿Por qué existen diferentes alícuotas?
Las diferentes alícuotas son herramientas de política fiscal. La reducida (10,5%) busca aliviar la carga en productos esenciales, mientras la aumentada (27%) se aplica a servicios públicos. La del 0% en canasta básica busca reducir el precio final sin afectar a los productores.
¿Cómo saber si mi producto lleva 27%?
El 27% se aplica principalmente a servicios públicos y telecomunicaciones: electricidad, gas, agua, telefonía, internet y televisión por cable. Si tu producto no entra en estas categorías, probablemente no aplica el 27%.
¿Qué diferencia hay entre 0% y exento?
La diferencia es el derecho a crédito fiscal. Con 0%, el vendedor puede acreditar el IVA de sus compras (lo que reduce su costo y beneficia al consumidor). Con "exento", el vendedor NO puede acreditar el IVA, lo que puede hacer que el producto final sea más caro.
¿Puede cambiar la alícuota de un producto?
Sí, el gobierno puede modificar las alícuotas mediante decretos o leyes. Por ejemplo, el Decreto 567/2019 estableció la alícuota del 0% para canasta básica. Es importante estar actualizado con la normativa vigente.
¿Dónde encuentro el listado oficial completo?
El listado oficial está en el Artículo 28 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. También puedes consultar el micrositio de AFIP sobre alícuotas y el Boletín Oficial para decretos recientes como el 567/2019.
Temas relacionados
Fuentes oficiales
- AFIP — Alícuotas de IVA — Listado oficial de alícuotas
- Ley del Impuesto al Valor Agregado — Artículo 28 — Marco legal de alícuotas
- Decreto 567/2019 — IVA 0% canasta básica
- Boletín Oficial de la República Argentina — Normativa actualizada
Información verificada
Última revisión: 9 de noviembre de 2025 • Por: Equipo ivacalculator.com
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