Declaración de IVA en Colombia
La declaración de IVA es una obligación fiscal clave para los responsables del impuesto en Colombia. Existen tres períodos de declaración según los ingresos: bimestral, cuatrimestral y anual. DIAN ha implementado el sistema de "Declaración Sugerida", que prefillena la información automáticamente. Esta guía explica paso a paso cómo cumplir correctamente con esta obligación.
¿Quiénes Deben Declarar IVA?
✓ Responsables de IVA
- Personas naturales y jurídicas inscritas como responsables
- Registrados en RUT con Responsabilidad 48
- Ventas de bienes y servicios gravados (19%, 5%)
- Productores de bienes exentos (0% con derecho a devolución)
- Grandes contribuyentes
- Exportadores
✗ NO Responsables de IVA
- Ingresos menores a 3.500 UVT (aproximadamente $160 millones COP en 2025)
- Un solo establecimiento comercial
- Actividad exclusivamente con bienes excluidos (ej: venta de frutas frescas, servicios de salud)
- No inscritos como responsables en RUT
Estos contribuyentes NO declaran IVA
Régimen Simple de Tributación (RST):
Contribuyentes inscritos en RST presentan declaración IVA anual consolidada con pagos bimestrales anticipados durante el año. El proceso es diferente al régimen común.
💡 Verificar estado: Consulte su RUT para confirmar si tiene responsabilidad 48 (responsable de IVA).
Períodos de Declaración según Ingresos
Declaración Bimestral (cada 2 meses)
Requisitos:
- Ingresos brutos ≥ 92.000 UVT (~$3.340 millones COP en 2025)
- Grandes contribuyentes
- Exportadores
- Operaciones con bienes exentos
Períodos:
Ejemplo: Período Ene-Feb → vence en marzo (días 7-21 según último dígito NIT)
Declaración Cuatrimestral (cada 4 meses)
Requisitos:
- Ingresos brutos < 92.000 UVT
- No inscritos en Régimen Simple
- Responsables de IVA (RUT responsabilidad 48)
Períodos:
Ejemplo: Período Ene-Abr → vence en mayo (días 7-21 según último dígito NIT)
Declaración Anual
Requisitos:
- Régimen Simple de Tributación (RST)
- Declaración consolidada anual
- Pagos bimestrales de anticipo durante el año
📅 Plazos DIAN: Consulte el calendario tributario oficial 2025 para fechas exactas según su NIT.
Formulario 300 — Estructura
El Formulario 300 es el documento estándar para declarar IVA en Colombia. Consta de 4 secciones principales:
1. Datos del declarante
- NIT
- Razón social o nombre
- Período fiscal (año, bimestre/cuatrimestre)
2. Ventas y operaciones (IVA generado)
- Ventas gravadas 19%
- Ventas gravadas 5%
- Ventas excluidas (informativo, sin IVA)
- Ventas exentas (0%, con derecho a devolución)
- Exportaciones
- Total IVA generado (sumatoria de IVA cobrado)
3. Compras y deducciones (IVA descontable)
- Compras con IVA 19%
- Compras con IVA 5%
- IVA descontable (créditos fiscales)
- Total IVA descontable (IVA que puede recuperar)
4. Liquidación (resultado final)
- IVA generado - IVA descontable
- Si positivo: Saldo a pagar
- Si negativo: Saldo a favor (devolución o compensación)
- Sanciones e intereses (si aplican por mora)
- Total a pagar
Declaración Sugerida DIAN (Nueva Herramienta)
La "Declaración Sugerida" es una herramienta implementada por DIAN que prepara la declaración automáticamente usando información que DIAN ya posee.
¿Cómo funciona?
- DIAN cruza información de:
- Facturas electrónicas emitidas (ventas)
- Facturas electrónicas recibidas (compras)
- Información reportada por terceros
- DIAN genera "Declaración Sugerida" prellenada con todos los datos
- Contribuyente revisa, ajusta si necesario, y aprueba
✓ Ventajas
- Ahorra tiempo (datos prellenados)
- Reduce errores de digitación
- Mayor precisión fiscal
- Facilita cumplimiento
⚠️ Importante
Siempre revise los datos sugeridos antes de aprobar. DIAN puede no tener toda la información (ej: facturas en papel, ajustes manuales, proporcionalidad).
Cómo acceder:
- Portal DIAN → Sección "Declaración Sugerida IVA"
- Revisar datos prellenados
- Ajustar si necesario (agregar/corregir información)
- Aprobar y presentar
Paso a Paso: Cómo Declarar IVA en DIAN
Opción 1: Declaración Manual (Formulario 300)
1. Ingresar al portal DIAN
www.dian.gov.co → Usuario: NIT, contraseña
2. Navegar a Declaraciones
Menú "Transaccional" → "Presentación y Pago de Impuestos" → "Declaraciones de IVA y Consumo"
3. Seleccionar período fiscal
Año tributario + Período (bimestre/cuatrimestre según corresponda)
4. Completar Formulario 300
- Sección ventas: Ingresar ventas gravadas 19%, 5%, exentas, excluidas
- Sección compras: Ingresar compras con IVA 19%, 5%
- Sistema calcula IVA descontable automáticamente
5. Revisar liquidación
Sistema calcula: IVA generado - IVA descontable = Saldo a pagar o saldo a favor
6. Aplicar firma electrónica
Firma digital o contraseña DIAN
7. Presentar declaración
Click "Enviar declaración" → Generar recibo oficial
8. Pagar (si hay saldo a pagar)
- Portal DIAN (pago electrónico)
- Bancos autorizados (presencial o PSE)
- Plazo: Mismo día de vencimiento de declaración
Opción 2: Declaración Sugerida DIAN (Recomendado)
1. Acceder "Declaración Sugerida IVA"
Portal DIAN → Sección específica de Declaración Sugerida
2. Revisar datos prellenados
DIAN muestra ventas, compras, IVA calculado basado en facturas electrónicas
3. Ajustar si necesario
Agregar información faltante o corregir errores
4. Aprobar y presentar
Firma electrónica → Enviar declaración
5. Pagar si aplica
Mismo proceso de pago que opción manual
Plazos y Sanciones 2025
Plazos según último dígito NIT:
DIAN publica un calendario anual con fechas de vencimiento según el último dígito del NIT. Generalmente los vencimientos son entre los días 7 y 21 del mes siguiente al período.
Ejemplo: Si su NIT termina en 3, podría vencer el día 9 del mes siguiente.
Sanciones por incumplimiento:
- Extemporaneidad: 5% del impuesto por cada mes de retraso (máximo 100%)
- No declarar: Sanción hasta 20% de los ingresos del período
- Declaración incorrecta: 160% de la diferencia de impuesto
- Intereses moratorios: Calculados según tasa DIAN vigente
⚠️ Cumplir a tiempo evita costosas sanciones
Preguntas Frecuentes
¿Qué hago si no tuve ventas en el período?
Debe presentar la declaración de IVA de todas formas, marcándola como "en ceros". No declarar puede generar sanciones. Si no tuvo actividad económica, registre $0 en ventas y compras, pero presente la declaración dentro del plazo.
¿Puedo corregir una declaración presentada?
Sí, puede presentar una declaración de corrección dentro del plazo legal o después del mismo (con intereses). Identifique la declaración original y presente una nueva marcada como "corrección". Pague la diferencia si hay mayor impuesto.
¿Cómo solicito devolución de saldo a favor?
Presente su declaración mostrando el saldo a favor. Luego, en el portal DIAN, vaya a "Solicitudes" → "Devolución IVA". Adjunte soportes (facturas, contratos) y espere la revisión DIAN (50-60 días hábiles teóricos, puede extenderse).
¿Puedo declarar antes del plazo?
Sí, puede presentar su declaración en cualquier momento antes del vencimiento. Muchas empresas lo hacen anticipadamente para evitar contratiempos de última hora. Si hay impuesto a pagar, puede pagarlo inmediatamente o esperar hasta el plazo.
¿Qué pasa si declaro tarde?
Generará sanción por extemporaneidad (5% mensual, máx. 100%) más intereses moratorios sobre el impuesto. Mientras más tarde, mayor la sanción. Declare lo antes posible para minimizar multas. La sanción mínima es equivalente a 10 UVT.
¿Necesito contador para declarar?
No es obligatorio, pero altamente recomendado, especialmente si su empresa tiene operaciones complejas, ventas mixtas (gravadas/excluidas), o requiere aplicar proporcionalidad. Un contador garantiza cumplimiento correcto y evita sanciones costosas.
¿Cómo sé si debo declarar bimestral o cuatrimestral?
Depende de sus ingresos brutos del año anterior. Si superan 92.000 UVT (~$3.340 millones COP en 2025), declaración bimestral. Si son menores, cuatrimestral. Verifique su clasificación en el RUT o consulte con DIAN. Grandes contribuyentes siempre declaran bimestral.
Temas relacionados
Fuentes oficiales
- DIAN — Portal Transaccional — Sistema de declaración online
- DIAN — Declaración Sugerida IVA — Guía paso a paso oficial
- DIAN — Calendario tributario 2025 — Plazos de vencimiento
- Estatuto Tributario — Arts. 437, 488, 600 — Marco legal declaración IVA
Información verificada
Última revisión: 9 de noviembre de 2025 • Por: Equipo ivacalculator.com
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