Canasta Básica e IVA 1% en Costa Rica: Productos y Requisitos

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Fórmulas rápidas

Vender con 1%: Neto × 1,01

Declarar en D-104: Linea ventas 1%

Crédito fiscal: IVA compras 13% − IVA 1%

Ejemplo: Productor vende ₡2.500.000 en arroz: IVA 1% = ₡25.000; puede recuperar ₡80.000 de IVA soportado

Basado en el decreto 43790-H (Canasta Básica Tributaria) y lineamientos de la DGT. Información general, no sustitute asesoría profesional.

Qué es la Canasta Básica Tributaria (CBT)

La Canasta Básica Tributaria agrupa bienes esenciales de alimentación, higiene y educación que el Estado considera imprescindibles para los hogares. Desde 2023 la lista se actualiza mediante decretos del Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Salud. Las ventas de estos productos pueden aplicar la tasa reducida del 1% siempre que el contribuyente esté debidamente inscrito y autorizado. Esta política también cubre insumos, maquinaria y servicios indispensables para la producción de los bienes incluidos.

La CBT convive con tasas superiores; un mismo negocio puede vender al 13% y al 1% en la misma jornada. Por eso es vital cruzar esta guía con la página de tasas de IVA, configurar la factura electrónica con CAByS correctos y reportar cada monto en la declaración D-104.

Categorías de productos con IVA 1%

El decreto actual incluye más de 280 ítems. Agrupamos los más consultados:

Granos y carbohidratos

  • Arroz en todas sus presentaciones, harina de maíz y trigo
  • Frijoles negros y rojos, lentejas y garbanzos
  • Panes sencillos, tortillas, pastas secas

Proteínas y lácteos

  • Pollo, cerdo, res y pescado fresco o congelado
  • Huevos, leche fluida, leche en polvo, queso fresco, yogur natural
  • Atún en agua o aceite, sardinas y mariscos básicos

Frutas, verduras y grasas

  • Papas, cebollas, tomates, chayotes, zanahorias
  • Banano, piña, mango, cítricos, manzana, papaya
  • Aceite vegetal, manteca, margarina simple

Higiene y hogar

  • Jabón de baño, detergente en polvo, cloro
  • Papel higiénico, toallas sanitarias, pasta dental
  • Cuadernos, lápices y otros útiles escolares básicos

La lista oficial detalla presentaciones, gramajes y condiciones. Si un producto incluye ingredientes adicionales (p. ej., pan relleno o yogurt con azúcar añadido) puede perder el beneficio y migrar al 13%. Verifica cada descripción en el anexo del decreto antes de actualizar tus listas de precios.

Quiénes pueden cobrar la tasa del 1%

No basta con vender un artículo de la CBT; la DGT exige que seas productor o comercializador autorizado. Existen tres perfiles principales:

  1. Productores agropecuarios inscritos en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) que demuestran que al menos 75% de su producción pertenece a la CBT.
  2. Operadores de pesca inscritos en Incopesca para actividades de pesca artesanal, acuicultura o recolección marina directa.
  3. Empresas de la cadena de abastecimiento (molinso, empaques, transporte de alimentos esenciales) que acreditan su rol mediante códigos de actividad y contratos con productores CBT.

Los comercios minoristas como supermercados o pulperías pueden vender con 1% siempre que sus proveedores ya estén autorizados y cada factura electrónica indique el CAByS asociado a la CBT.

Requisitos y pasos para obtener la autorización

  1. Actualiza tu registro único tributario (RUT) en el ATV para indicar la actividad económica correspondiente.
  2. Inscríbete ante el MAG o Incopesca según la actividad. Adjunta certificaciones de producción y ubicación.
  3. Reúne evidencia de que al menos el 75% de tus ingresos proviene de productos CBT o que generas saldos a favor recurrentes por vender a 1%.
  4. Presenta la solicitud formal ante la DGT con la documentación respaldatoria y espera la resolución (15-30 días hábiles).
  5. Configura tu solución de factura electrónica para etiquetar cada ítem con el código CAByS y la tasa del 1%.

La autorización no es indefinida: Hacienda puede revocarla si dejas de cumplir los requisitos o si detecta que vendes bienes no incluidos en la CBT usando la tasa reducida.

Beneficio del crédito fiscal completo

Uno de los incentivos de la tasa del 1% es que puedes acreditar el 13% pagado en insumos, energía, logística y servicios, incluso cuando sólo cobras 1% a tus clientes. Veamos un escenario típico:

  • Compras de fertilizante: ₡1.200.000 + IVA (13%) = ₡156.000 de crédito.
  • Venta de arroz empacado: ₡3.000.000 + IVA (1%) = ₡30.000 de débito.
  • Saldo del mes: ₡30.000 − ₡156.000 = ₡126.000 a favor. Se arrastra al siguiente período o se solicita devolución después de tres períodos consecutivos.

Registra cada factura en tu inventario para respaldar las devoluciones. Nuestra guía de la declaración D-104 explica cómo reportar las ventas al 1% y el crédito fiscal asociado.

Cómo facturar productos de la CBT

Cada línea de la factura electrónica debe incluir:

  • Descripción idéntica a la del decreto (p. ej., “Arroz blanco grano entero 80% pulido”).
  • Código CAByS oficial (13 dígitos) que asigna automáticamente la tasa del 1%.
  • Unidad de medida y cantidad (kg, litro, unidad).
  • Precio unitario y subtotal.
  • Indicador de exoneración, si aplica.

Si vendes combos (p. ej., canastas navideñas) con artículos a diferentes tasas, es mejor facturar cada ítem por separado para evitar reclasificaciones a 13%.

Declarar ventas al 1% en el D-104

En la sección de Débito Fiscal del formulario selecciona la línea de ventas al 1% e ingresa el subtotal sin impuesto. El sistema calcula automáticamente el IVA. En el bloque de Crédito Fiscal registra las compras al 13% y al 1% relacionadas con la CBT. Guarda los reportes del ATV y concilia contra tus libros contables antes de enviar la declaración.

Monitorear cambios en la lista oficial

Hacienda publica actualizaciones en La Gaceta y en su sitio web. Revisa estas fuentes al menos una vez por trimestre:

  • Decretos del Ministerio de Hacienda (busca “Canasta Básica Tributaria”).
  • Alertas del Ministerio de Salud sobre sustituciones o retiros.
  • Comunicados del MAG para productores autorizados.

Cuando un bien sale de la CBT tienes dos opciones: ajustar tus precios con el 13% y comunicarlo a tus clientes o buscar exoneraciones específicas mediante el sistema EXONET.

Ejemplos prácticos

Molinero con ventas mixtas

Compra trigo al 13%, vende harina al 1% y galletas al 13%. Divide su catálogo en dos listas de precios, etiqueta la harina con CAByS CBT y reporta ambos segmentos en la D-104.

Cooperativa lechera

Productores asociados entregan leche con 1%. La cooperativa procesa queso semiduro (13%) y leche pasteurizada (1%). Reparte el crédito fiscal proporcionalmente para no limitar el flujo de caja.

Pulpería de barrio

Compra a distribuidores que ya aplican tasa 1%. Mantiene códigos separados en el POS y muestra el impuesto en cada ticket para educar al consumidor.

Errores comunes y cómo evitarlos

  • No actualizar CAByS: si Hacienda modifica un código, el sistema puede enviarte un rechazo. Verifica semanalmente tu catálogo.
  • Mezclar productos: vender combos sin detallar cada ítem provoca que toda la venta pase al 13%.
  • Falta de soporte: si no tienes certificaciones del MAG/Incopesca, Hacienda aplicará el 13% retroactivo.
  • No separar inventario: cuando compartes bodegas, etiqueta físicamente los productos CBT para evitar errores en caja.

Cuándo solicitar apoyo profesional

Si tu negocio combina exportaciones, ventas locales y transformaciones industriales, vale la pena solicitar un criterio vinculante o asesoría contable. Esto es especialmente crítico cuando planeas solicitar devoluciones periódicas de IVA, porque Hacienda revisa con lupa las operaciones al 1%.

Enlaces útiles

Profundiza en el resto del ecosistema tributario: revisa la guía de tasas y clasificaciones, aprende a emitir y validar comprobantes en factura electrónica ATV y declara mensualmente siguiendo la guía de Formulario D-104.

Preguntas frecuentes sobre la Canasta Básica

¿Todos los alimentos tienen IVA del 1%?

No. Solo los que aparecen en la CBT oficial y cumplen la descripción exacta. Productos procesados, bebidas azucaradas o empaques premium normalmente pagan 13%.

¿Cómo obtengo la autorización ante Hacienda?

Debes inscribirte en el MAG o Incopesca, actualizar tu RUT y presentar una solicitud con evidencia de producción CBT. Hacienda responde mediante resolución en un plazo de hasta 30 días.

¿Qué ocurre si vendo al 1% sin estar autorizado?

La DGT puede reclasificar tus ventas al 13%, cobrar el impuesto omitido con intereses y aplicar sanciones de hasta el 150% del monto no declarado.

¿La lista cambia cada año?

Sí. Hacienda publica ajustes en La Gaceta y en su sitio web. Debes revisar cada actualización y modificar tus catálogos en cuanto entre en vigencia.

¿Los supermercados aplican automáticamente el 1%?

La mayoría ya tiene sus POS configurados, pero dependen de que los proveedores asignen correctamente el CAByS. Exige que cada factura detalle la tasa correcta.

¿Cómo declaro un saldo a favor generado por ventas al 1%?

Arrástralo automáticamente en el D-104. Después de tres períodos consecutivos puedes pedir devolución presentando la documentación de respaldo.

Fuentes oficiales

Información verificada

Última revisión: 15 de noviembre de 2025 Por: Equipo ivacalculator.com

Contenido revisado según fuentes oficiales y normativa vigente