Canasta Básica e IVA 1% en Costa Rica: Productos y Requisitos
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Fórmulas rápidas
Vender con 1%: Neto × 1,01
Declarar en D-104: Linea ventas 1%
Crédito fiscal: IVA compras 13% − IVA 1%
Ejemplo: Productor vende ₡2.500.000 en arroz: IVA 1% = ₡25.000; puede recuperar ₡80.000 de IVA soportado
Basado en el decreto 43790-H (Canasta Básica Tributaria) y lineamientos de la DGT. Información general, no sustitute asesoría profesional.
Qué es la Canasta Básica Tributaria (CBT)
La Canasta Básica Tributaria agrupa bienes esenciales de alimentación, higiene y educación que el Estado considera imprescindibles para los hogares. Desde 2023 la lista se actualiza mediante decretos del Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Salud. Las ventas de estos productos pueden aplicar la tasa reducida del 1% siempre que el contribuyente esté debidamente inscrito y autorizado. Esta política también cubre insumos, maquinaria y servicios indispensables para la producción de los bienes incluidos.
La CBT convive con tasas superiores; un mismo negocio puede vender al 13% y al 1% en la misma jornada. Por eso es vital cruzar esta guía con la página de tasas de IVA, configurar la factura electrónica con CAByS correctos y reportar cada monto en la declaración D-104.
Categorías de productos con IVA 1%
El decreto actual incluye más de 280 ítems. Agrupamos los más consultados:
Granos y carbohidratos
- Arroz en todas sus presentaciones, harina de maíz y trigo
- Frijoles negros y rojos, lentejas y garbanzos
- Panes sencillos, tortillas, pastas secas
Proteínas y lácteos
- Pollo, cerdo, res y pescado fresco o congelado
- Huevos, leche fluida, leche en polvo, queso fresco, yogur natural
- Atún en agua o aceite, sardinas y mariscos básicos
Frutas, verduras y grasas
- Papas, cebollas, tomates, chayotes, zanahorias
- Banano, piña, mango, cítricos, manzana, papaya
- Aceite vegetal, manteca, margarina simple
Higiene y hogar
- Jabón de baño, detergente en polvo, cloro
- Papel higiénico, toallas sanitarias, pasta dental
- Cuadernos, lápices y otros útiles escolares básicos
La lista oficial detalla presentaciones, gramajes y condiciones. Si un producto incluye ingredientes adicionales (p. ej., pan relleno o yogurt con azúcar añadido) puede perder el beneficio y migrar al 13%. Verifica cada descripción en el anexo del decreto antes de actualizar tus listas de precios.
Quiénes pueden cobrar la tasa del 1%
No basta con vender un artículo de la CBT; la DGT exige que seas productor o comercializador autorizado. Existen tres perfiles principales:
- Productores agropecuarios inscritos en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) que demuestran que al menos 75% de su producción pertenece a la CBT.
- Operadores de pesca inscritos en Incopesca para actividades de pesca artesanal, acuicultura o recolección marina directa.
- Empresas de la cadena de abastecimiento (molinso, empaques, transporte de alimentos esenciales) que acreditan su rol mediante códigos de actividad y contratos con productores CBT.
Los comercios minoristas como supermercados o pulperías pueden vender con 1% siempre que sus proveedores ya estén autorizados y cada factura electrónica indique el CAByS asociado a la CBT.
Requisitos y pasos para obtener la autorización
- Actualiza tu registro único tributario (RUT) en el ATV para indicar la actividad económica correspondiente.
- Inscríbete ante el MAG o Incopesca según la actividad. Adjunta certificaciones de producción y ubicación.
- Reúne evidencia de que al menos el 75% de tus ingresos proviene de productos CBT o que generas saldos a favor recurrentes por vender a 1%.
- Presenta la solicitud formal ante la DGT con la documentación respaldatoria y espera la resolución (15-30 días hábiles).
- Configura tu solución de factura electrónica para etiquetar cada ítem con el código CAByS y la tasa del 1%.
La autorización no es indefinida: Hacienda puede revocarla si dejas de cumplir los requisitos o si detecta que vendes bienes no incluidos en la CBT usando la tasa reducida.
Beneficio del crédito fiscal completo
Uno de los incentivos de la tasa del 1% es que puedes acreditar el 13% pagado en insumos, energía, logística y servicios, incluso cuando sólo cobras 1% a tus clientes. Veamos un escenario típico:
- Compras de fertilizante: ₡1.200.000 + IVA (13%) = ₡156.000 de crédito.
- Venta de arroz empacado: ₡3.000.000 + IVA (1%) = ₡30.000 de débito.
- Saldo del mes: ₡30.000 − ₡156.000 = ₡126.000 a favor. Se arrastra al siguiente período o se solicita devolución después de tres períodos consecutivos.
Registra cada factura en tu inventario para respaldar las devoluciones. Nuestra guía de la declaración D-104 explica cómo reportar las ventas al 1% y el crédito fiscal asociado.
Cómo facturar productos de la CBT
Cada línea de la factura electrónica debe incluir:
- Descripción idéntica a la del decreto (p. ej., “Arroz blanco grano entero 80% pulido”).
- Código CAByS oficial (13 dígitos) que asigna automáticamente la tasa del 1%.
- Unidad de medida y cantidad (kg, litro, unidad).
- Precio unitario y subtotal.
- Indicador de exoneración, si aplica.
Si vendes combos (p. ej., canastas navideñas) con artículos a diferentes tasas, es mejor facturar cada ítem por separado para evitar reclasificaciones a 13%.
Declarar ventas al 1% en el D-104
En la sección de Débito Fiscal del formulario selecciona la línea de ventas al 1% e ingresa el subtotal sin impuesto. El sistema calcula automáticamente el IVA. En el bloque de Crédito Fiscal registra las compras al 13% y al 1% relacionadas con la CBT. Guarda los reportes del ATV y concilia contra tus libros contables antes de enviar la declaración.
Monitorear cambios en la lista oficial
Hacienda publica actualizaciones en La Gaceta y en su sitio web. Revisa estas fuentes al menos una vez por trimestre:
- Decretos del Ministerio de Hacienda (busca “Canasta Básica Tributaria”).
- Alertas del Ministerio de Salud sobre sustituciones o retiros.
- Comunicados del MAG para productores autorizados.
Cuando un bien sale de la CBT tienes dos opciones: ajustar tus precios con el 13% y comunicarlo a tus clientes o buscar exoneraciones específicas mediante el sistema EXONET.
Ejemplos prácticos
Molinero con ventas mixtas
Compra trigo al 13%, vende harina al 1% y galletas al 13%. Divide su catálogo en dos listas de precios, etiqueta la harina con CAByS CBT y reporta ambos segmentos en la D-104.
Cooperativa lechera
Productores asociados entregan leche con 1%. La cooperativa procesa queso semiduro (13%) y leche pasteurizada (1%). Reparte el crédito fiscal proporcionalmente para no limitar el flujo de caja.
Pulpería de barrio
Compra a distribuidores que ya aplican tasa 1%. Mantiene códigos separados en el POS y muestra el impuesto en cada ticket para educar al consumidor.
Errores comunes y cómo evitarlos
- No actualizar CAByS: si Hacienda modifica un código, el sistema puede enviarte un rechazo. Verifica semanalmente tu catálogo.
- Mezclar productos: vender combos sin detallar cada ítem provoca que toda la venta pase al 13%.
- Falta de soporte: si no tienes certificaciones del MAG/Incopesca, Hacienda aplicará el 13% retroactivo.
- No separar inventario: cuando compartes bodegas, etiqueta físicamente los productos CBT para evitar errores en caja.
Cuándo solicitar apoyo profesional
Si tu negocio combina exportaciones, ventas locales y transformaciones industriales, vale la pena solicitar un criterio vinculante o asesoría contable. Esto es especialmente crítico cuando planeas solicitar devoluciones periódicas de IVA, porque Hacienda revisa con lupa las operaciones al 1%.
Enlaces útiles
Profundiza en el resto del ecosistema tributario: revisa la guía de tasas y clasificaciones, aprende a emitir y validar comprobantes en factura electrónica ATV y declara mensualmente siguiendo la guía de Formulario D-104.
Preguntas frecuentes sobre la Canasta Básica
¿Todos los alimentos tienen IVA del 1%?
No. Solo los que aparecen en la CBT oficial y cumplen la descripción exacta. Productos procesados, bebidas azucaradas o empaques premium normalmente pagan 13%.
¿Cómo obtengo la autorización ante Hacienda?
Debes inscribirte en el MAG o Incopesca, actualizar tu RUT y presentar una solicitud con evidencia de producción CBT. Hacienda responde mediante resolución en un plazo de hasta 30 días.
¿Qué ocurre si vendo al 1% sin estar autorizado?
La DGT puede reclasificar tus ventas al 13%, cobrar el impuesto omitido con intereses y aplicar sanciones de hasta el 150% del monto no declarado.
¿La lista cambia cada año?
Sí. Hacienda publica ajustes en La Gaceta y en su sitio web. Debes revisar cada actualización y modificar tus catálogos en cuanto entre en vigencia.
¿Los supermercados aplican automáticamente el 1%?
La mayoría ya tiene sus POS configurados, pero dependen de que los proveedores asignen correctamente el CAByS. Exige que cada factura detalle la tasa correcta.
¿Cómo declaro un saldo a favor generado por ventas al 1%?
Arrástralo automáticamente en el D-104. Después de tres períodos consecutivos puedes pedir devolución presentando la documentación de respaldo.
Fuentes oficiales
- Decreto 43790-H — Canasta Básica Tributaria — Listado oficial de bienes con tarifa del 1%
- MAG — Registro de productores CBT — Requisitos para productores agrícolas que aplican 1%
- Incopesca — Servicios y registros — Trámites para pescadores que venden con 1%
Información verificada
Última revisión: 15 de noviembre de 2025 • Por: Equipo ivacalculator.com
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