Impuestos para Trabajadores por Cuenta Propia (TCP) en Cuba
¿Qué impuestos paga mensualmente un TCP en el Régimen General?
Un TCP en el Régimen General paga mensualmente dos impuestos principales: el 10% de sus ingresos totales por el Impuesto sobre Ventas/Servicios, y un pago a cuenta del 5% de sus ingresos para el Impuesto sobre Ingresos Personales.
¿Quién es un Trabajador por Cuenta Propia (TCP)?
Los Trabajadores por Cuenta Propia (TCP), también conocidos popularmente como "cuentapropistas", son personas naturales que ejercen una actividad económica de forma independiente, sin ser empleados de una empresa estatal o privada. Tras las reformas de 2021, la lista de actividades permitidas se expandió a más de 2,000, abarcando casi todos los sectores de la economía, desde restaurantes y transporte hasta programación y diseño.
Impuestos Principales que Pagan los TCP
Un TCP debe cumplir con varias obligaciones fiscales. Las más importantes son:
A) Impuesto sobre las Ventas o Servicios (Pago Mensual)
Se aplica el 10% sobre el total de los ingresos mensuales. Es el impuesto principal sobre el consumo que el TCP recauda de sus clientes y entrega a la ONAT.
B) Impuesto sobre Ingresos Personales (Pago Mensual y Anual)
Este impuesto es progresivo y se liquida anualmente, pero requiere pagos mensuales a cuenta:
- Pago a Cuenta Mensual: Un 5% sobre los ingresos totales del mes.
- Liquidación Anual: Se realiza a través de la Declaración Jurada, donde se calcula el impuesto final sobre la ganancia neta (ingresos menos gastos) aplicando una escala progresiva del 20% al 50%. Los pagos mensuales se descuentan del total a pagar.
Existe un mínimo exento anual de 39,120 CUP sobre el cual no se paga este impuesto.
C) Impuestos por Contratar Trabajadores
Si un TCP emplea a otras personas, debe pagar dos impuestos adicionales sobre el salario de sus trabajadores:
- Contribución a la Seguridad Social: 14% de la remuneración.
- Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo: 5% de la remuneración.
Regímenes Tributarios: General vs. Simplificado
Los TCP pueden pertenecer a uno de dos regímenes. Desde 2023, el Régimen General es la norma, y el Simplificado es una excepción.
| Característica | Régimen General (Predeterminado) | Régimen Simplificado (Excepcional) |
|---|---|---|
| A Quién Aplica | A todos los TCP por defecto. | Solo TCP con ingresos anuales menores a 200,000 CUP y sin empleados. Debe solicitarse a la ONAT. |
| Pago Mensual | 10% (Ventas) + 5% (Ingresos Personales a cuenta). | No hay. Se paga trimestralmente. |
| Pago Trimestral | No aplica. | Cuota consolidada del 20% sobre los ingresos (descontando el mínimo exento). |
| Contabilidad | Obligación de llevar registros contables detallados. | Contabilidad simplificada. |
| Cuenta Bancaria Fiscal | Obligatoria. | No es obligatoria. |
La Cuenta Bancaria Fiscal (CBF): Una Obligación Clave
Todos los TCP en el Régimen General están obligados a abrir y operar una Cuenta Bancaria Fiscal (CBF) en CUP. Esta cuenta es el centro de la actividad financiera del negocio:
- Propósito: Depositar los ingresos de la actividad, realizar pagos de impuestos y gastos relacionados con el negocio.
- Plazo para abrirla: 30 días después de la inscripción en la ONAT.
- Bancos: Puede abrirse en BANDEC, BPA o Banco Metropolitano.
- Uso: Es obligatorio que los pagos recibidos de otras empresas (personas jurídicas) se realicen a través de esta cuenta.
La Declaración Jurada Anual (DJ-08)
Es la obligación anual más importante. Todos los TCP (de ambos regímenes) deben presentarla entre el 10 de enero y el 30 de abril de cada año.
- Propósito: Liquidar el Impuesto sobre Ingresos Personales del año anterior.
- Cálculo: Se declaran todos los ingresos anuales y se deducen los gastos permitidos para obtener la ganancia neta. A esa ganancia se le aplica la escala progresiva para calcular el impuesto final.
- Resultado: Se compara el impuesto calculado con los pagos a cuenta mensuales. El resultado puede ser un monto a pagar adicional o un saldo a favor.
Deducción de Gastos al 100%
Este fue uno de los mayores beneficios de la reforma de 2021. Los TCP pueden deducir el 100% de los gastos propios y necesarios para su actividad, lo que reduce significativamente su base imponible. El requisito clave es poder documentar al menos el 80% de dichos gastos mediante facturas y otros comprobantes oficiales.
Ejemplo Práctico de Cálculo de Impuestos
Escenario: Un restaurante (TCP, Régimen General)
- Ingresos mensuales: 100,000 CUP
- Gastos documentados del mes: 40,000 CUP (compra de insumos)
Cálculo Mensual:
- Impuesto sobre Ventas (10%): 100,000 × 10% = 10,000 CUP
- Pago a cuenta de Ingresos (5%): 100,000 × 5% = 5,000 CUP
- Total a pagar en el mes: 15,000 CUP
Cálculo Anual (Simplificado en Declaración Jurada):
- Ingresos anuales: 1,200,000 CUP (100,000 x 12)
- Gastos anuales deducibles: 480,000 CUP (40,000 x 12)
- Ganancia Neta: 1,200,000 - 480,000 = 720,000 CUP
- Base Imponible (descontando mínimo exento): 720,000 - 39,120 = 680,880 CUP
- Impuesto Anual (según escala progresiva): Aprox. 230,000 CUP
- Pagos a cuenta realizados: 60,000 CUP (5,000 x 12)
- Monto a pagar en la DJ: 230,000 - 60,000 = 170,000 CUP
Preguntas Frecuentes sobre Impuestos para TCP
¿Qué impuestos paga un trabajador por cuenta propia?
Principalmente, un 10% mensual sobre ventas/servicios y un 5% mensual a cuenta del impuesto sobre ingresos personales. Si tiene empleados, paga además seguridad social (14%) y el impuesto de fuerza de trabajo (5%).
¿Cuál es la diferencia entre régimen general y simplificado?
El General es para todos por defecto, con pagos mensuales y Cuenta Bancaria Fiscal obligatoria. El Simplificado es para ingresos muy bajos (<200K CUP/año), sin empleados y con pagos trimestrales consolidados.
¿Es obligatoria la cuenta bancaria fiscal?
Sí, es obligatoria para todos los TCP que operan bajo el Régimen General de Tributación.
¿Qué gastos puedo deducir como TCP?
Puedes deducir el 100% de los gastos necesarios para tu actividad, como materias primas, arriendo de local, facturas de electricidad, salarios, etc., siempre que puedas documentar al menos el 80%.
¿Cuándo debo presentar la declaración jurada?
La declaración jurada anual (modelo DJ-08) se presenta entre el 10 de enero y el 30 de abril de cada año, liquidando el impuesto del año anterior.
¿Qué pasa si no pago los impuestos a tiempo?
El no cumplimiento genera multas, recargos por mora y, en casos graves, puede llevar a la suspensión o cancelación de la licencia para ejercer el trabajo por cuenta propia.
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Fuentes oficiales
Información verificada
Última revisión: 11 de noviembre de 2025 • Por: El equipo de IVACalculator.com
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