Formulario F07: Declaración Mensual de IVA en El Salvador
El Formulario F07 es la declaración mensual obligatoria para todos los contribuyentes inscritos en el IVA salvadoreño. Resume el IVA débito de tus ventas, el IVA crédito de tus compras y determina si debes pagar o arrastrar un saldo a favor. Desde 2024 los anexos se integran automáticamente con los DTE, lo que reduce el tiempo de presentación a menos de 10 minutos, siempre que la información esté limpia.
¿Quién debe presentar el F07?
- Todas las personas naturales o jurídicas con NRC.
- Negocios con operaciones gravadas, exentas o a tasa 0%.
- Grandes Contribuyentes con obligaciones de retención/percepción.
- Empresas sin ventas en el mes (deben declarar “sin movimiento”).
Omitir la declaración genera multas, intereses y puede detonar auditorías.
Qué información incluye
- IVA débito fiscal: 13% cobrado en ventas gravadas.
- IVA crédito fiscal: 13% pagado en compras relacionadas.
- Retenciones y percepciones: tanto las practicadas como las sufridas.
- Operaciones exentas o no sujetas: reportadas para control estadístico.
- IVA a pagar o a favor: diferencia entre débito y crédito.
Anexos actualizados 2025 ⭐ IMPORTANTE
⚠️ Cambios importantes desde enero 2025
El Ministerio de Hacienda modificó los anexos del F07 a partir de enero 2025. Se agregaron nuevas columnas "R" y "S" en el Anexo 5 y Anexo de Retenciones para mejorar el cruce con declaraciones de Renta.
| Anexo | Contenido | Fuente | Cambios 2025 |
|---|---|---|---|
| Anexo 1 | Ventas a contribuyentes (CCF) | DTE aceptados | — |
| Anexo 2 | Ventas a consumidores (FE) | DTE aceptados | — |
| Anexo 3 | Compras gravadas | DTE recibidos | — |
| Anexo 5 | Compras a sujetos excluidos | Carga manual/Excel | ✨ Nuevas columnas R y S |
| Anexos R/P | Retenciones y percepciones | CRE y reportes GC | ✨ Nuevas columnas R y S |
Nuevas columnas desde enero 2025:
- Columna "R" - Tipo de Operación (Renta):
- Clasifica el ingreso declarado en renta: gravada, no gravada, excluido, mixta.
- Columna "S" - Tipo de Ingreso (Renta):
- Concepto del ingreso: profesiones, artes y oficios, actividades de servicios, etc.
Estas columnas permiten a la DGII cruzar tu declaración de IVA con tu declaración de Renta, mejorando el control fiscal.
Descarga las plantillas actualizadas (Manual v14) desde el portal del Ministerio de Hacienda . Revisa los anexos antes de enviarlos: puedes ajustar montos manualmente si detectas diferencias, pero lo ideal es corregir el DTE original.
Plazos y calendario
El F07 debe presentarse dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente al período declarado. El pago se realiza en el mismo portal o mediante NPE en bancos autorizados.
Ejemplo:
- Ventas de enero → declara y paga antes del 14 de febrero (si no hay feriados intermedios).
- Si el día 10 es feriado, el plazo corre al día hábil siguiente.
Paso a paso en portal.mh.gob.sv
- Entra a portal.mh.gob.sv y selecciona “Declaraciones”.
- Elige Formulario F07 y el período (mes/año).
- Verifica que los anexos estén cargados; sube archivos Excel si hace falta.
- Confirma el resumen: ventas gravadas, exentas, compras y créditos.
- Revisa retenciones/percepciones aplicadas o sufridas.
- El sistema calcula automáticamente el IVA a pagar o a favor.
- Envía la declaración, descarga el acuse y procede al pago.
Si tienes saldo a favor, el portal mostrará el monto para arrastrar al período siguiente. Guarda el acuse para auditorías.
Declaración “sin movimiento”
Aun sin ventas o compras debes presentar el F07. Marca la casilla “sin movimiento” y envía el formulario. No serás obligado a subir anexos, pero sí debes hacerlo a tiempo para evitar multas.
IVA a pagar vs IVA a favor
IVA a pagar
Ocurre cuando el débito fiscal supera al crédito.
- Se cancela con tarjeta, débito o NPE.
- Puede compensarse con retenciones recibidas.
- El atraso genera intereses diarios.
IVA a favor
Se genera cuando compras o retenciones exceden tus ventas.
- Arrástralo al siguiente período.
- Solicita devolución si es recurrente (trámite ante Hacienda).
- Respalda con DTE aceptados y contratos.
Cómo incluir retenciones y percepciones
Los Grandes Contribuyentes emiten CRE cuando retienen o perciben el 1% (o 13% en agro). El monto aparece en los anexos, pero valida:
- Que cada CRE coincida con el periodo y DTE relacionado.
- Que registraste las retenciones practicadas (cuando tú retienes) en la sección correspondiente.
- Que declares las percepciones cobradas para enterarlas a la DGII.
Para más detalles revisa Retención y Percepción de IVA.
Rectificaciones y sanciones
- Puedes presentar un F07 sustitutivo si detectas errores. El sistema recalculará la deuda.
- Las declaraciones tardías tienen multa fija y recargos diarios (interés por mora).
- No presentar durante dos meses puede derivar en cierre temporal.
- Declaraciones inconsistentes con tus DTE detonan auditorías electrónicas.
Checklist antes de enviar
- ¿Todos los DTE del mes están aceptados por la DGII?
- ¿Coinciden las ventas gravadas con lo reportado en tu contabilidad?
- ¿Aplicaste el prorrateo de crédito fiscal si tienes ventas exentas?
- ¿Registraste retenciones y percepciones (propias y de terceros)?
- ¿Descargaste los acuses y respaldos para archivarlos 10 años?
Ejemplos numéricos
Comercio minorista
- Ventas gravadas: $28.000 → IVA débito $3.640.
- Compras gravadas: $17.500 → IVA crédito $2.275.
- Retención recibida: $150.
- IVA a pagar: 3.640 - 2.275 - 150 = $1.215.
Exportador de café
- Ventas a tasa 0%: $45.000.
- Compras gravadas: $20.000 → IVA crédito $2.600.
- Resultado: IVA a favor de $2.600 (se arrastra o se solicita devolución).
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no presento el F07?
La DGII emite multa, intereses y puede bloquear tus autorizaciones de DTE. Después de 2 incumplimientos puede ordenar cierre temporal.
¿Cómo rectifico un F07?
Presenta un formulario sustitutivo en el portal, corrige los datos y paga la diferencia si aplica. Guarda ambos acuses.
¿Debo declarar si no tuve ventas?
Sí. Selecciona la opción “sin movimiento” y envía el formulario dentro del plazo.
¿El F07 acepta pagos parciales?
Puedes solicitar un convenio, pero la regla general es pagar la totalidad al presentar. De lo contrario se generan intereses.
¿Cómo aplico retenciones y percepciones?
Debes registrarlas en los campos específicos del formulario y adjuntar el número de Comprobante de Retención o Percepción.
¿El sistema calcula automáticamente el IVA?
Sí, siempre que los anexos estén completos. Aun así debes validar los montos antes de enviar.
Temas relacionados
📚 Otros recursos útiles
Fuentes oficiales
- Ministerio de Hacienda — Declaración Mensual F07 — Guías oficiales y anexos 2025 actualizados
- Portal Tributario — DGII — Presentación en línea del formulario
- Transparencia Fiscal — Criterios y oficios sobre créditos fiscales
Última actualización: 2025-11-15
Información verificada
Última revisión: 15 de noviembre de 2025 • Por: Equipo ivacalculator.com
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