Régimen Simplificado de ISV en Honduras
Régimen simplificado
Umbral ventas: Menos de L 250,000 anuales
Declaración ISV: Anual (no mensual)
Ideal para: Pequeños negocios
vs Régimen general: Menos trámites, menos carga
Ejemplo: Ventas L 200,000/año → Régimen simplificado (declaración 1 vez al año)
El Régimen Simplificado de Tributación es un sistema especial para pequeños contribuyentes en Honduras. Si tus ventas anuales son menores a L 250,000 lempiras, puedes acogerte a este régimen y declarar el ISV solo una vez al año (en lugar de mensualmente). Esto reduce significativamente la carga administrativa y facilita el cumplimiento tributario para pequeños emprendedores y negocios.
¿Qué es el Régimen Simplificado?
El Régimen Simplificado es un sistema tributario especial administrado por el SAR Honduras, diseñado para personas naturales y pequeños negocios que facturan menos de L 250,000 lempiras anuales. Su objetivo es simplificar las obligaciones fiscales y reducir los trámites para micro y pequeñas empresas.
Beneficios principales
- Declaración anual (no mensual)
- Menos trámites administrativos
- Contabilidad simplificada
- Ideal para pequeños emprendedores
Alternativa al régimen general
Si calificas para el régimen simplificado, evitas las obligaciones del régimen general (declaración mensual ISV, contabilidad formal completa). Es la vía más sencilla para cumplir con tus obligaciones tributarias.
Requisitos y Elegibilidad
Umbral principal: Ventas anuales < L 250,000
Para calificar en el régimen simplificado, tus ventas anuales totales deben ser menores a L 250,000 lempiras. Este es el requisito clave. Si superas este umbral en un año fiscal, debes pasar al régimen general.
Ejemplo de cálculo:
Ventas enero-diciembre: L 200,000 → ✅ Calificas (< L 250,000)
Ventas enero-diciembre: L 280,000 → ❌ No calificas (> L 250,000), debes pasar a régimen general
Tipo de contribuyente
- Personas naturales (emprendedores individuales)
- Pequeños negocios (comercio menor, servicios)
- Consultar con SAR si aplica a tu tipo de sociedad
Actividades permitidas
- Comercio menor (tiendas, pulperías, ventas al detalle)
- Servicios profesionales pequeños (consultorías, reparaciones)
- Producción artesanal (productos hechos a mano, pequeña escala)
- Actividades comerciales de bajo volumen
Registro con SAR
Para acogerte al régimen simplificado debes tener RTN (Registro Tributario Nacional) y solicitar formalmente tu inscripción en este régimen ante el SAR. El SAR evaluará tu elegibilidad basándose en tus ventas proyectadas o históricas.
Régimen Simplificado vs Régimen General
| Aspecto | Régimen Simplificado | Régimen General |
|---|---|---|
| Umbral ventas | < L 250,000 anuales | > L 250,000 anuales |
| Declaración ISV | Anual | Mensual (día 10) |
| Plazo declaración | Una vez al año | Cada mes |
| Formulario | Simplificado | SAR 222 (completo) |
| Contabilidad | Simplificada (registro básico) | Formal/completa (libros contables) |
| Facturación | Simplificada (según SAR) | Factura completa/electrónica |
| Créditos fiscales | Limitados | Plenos (acreditable) |
| Carga administrativa | Baja | Alta |
| Ideal para | Pequeños negocios, emprendedores | Empresas medianas/grandes |
¿Cuándo cambiar a régimen general?
- Obligatorio: Cuando tus ventas superan L 250,000 en un año fiscal
- Voluntario: Si tu negocio crece y necesitas créditos fiscales completos
- Procedimiento: Notificar al SAR antes del mes siguiente al que superaste el umbral
Obligaciones en Régimen Simplificado
1. Registro RTN con SAR
Debes obtener tu RTN (Registro Tributario Nacional) y registrarte formalmente como contribuyente del régimen simplificado ante el SAR.
2. Emisión de comprobantes (simplificados)
Emite comprobantes de venta (recibos, facturas simplificadas). Los requisitos son menos estrictos que en el régimen general, pero debes documentar tus ventas.
3. Llevar registro básico de ventas
Mantén un registro simple de tus ventas mensuales y anuales (libro de ventas, hoja de cálculo). No requieres libros contables formales como en el régimen general.
4. Declaración anual de ISV ✓
Presenta tu declaración anual de ISV una vez al año (plazo según calendario fiscal SAR). Es tu obligación principal y más importante.
5. Pago anual del impuesto
Paga el ISV correspondiente a tus ventas anuales después de presentar la declaración. El cálculo se basa en tus ventas totales gravadas del año.
6. NO requiere declaraciones mensuales ✓
A diferencia del régimen general, NO necesitas declarar ISV mensualmente. Esto te ahorra 12 trámites al año, dejándote con solo 1 declaración anual.
7. Conservar documentación
Guarda tus comprobantes de venta, registros y declaraciones durante al menos 5 años como respaldo ante posibles auditorías del SAR.
Cómo Inscribirse en Régimen Simplificado
Paso 1: Obtener RTN (si no lo tienes)
Tramita tu RTN (Registro Tributario Nacional) con el SAR. Puedes hacerlo en oficinas del SAR o en línea según disponibilidad.
Paso 2: Solicitar inclusión en régimen simplificado
Presenta solicitud formal al SAR para acogerte al régimen simplificado. Indica que tus ventas anuales son menores a L 250,000.
Paso 3: Portal SAR o presencial
Puedes presentar tu solicitud en el portal online del SAR o presencialmente en las oficinas del SAR con tu RTN y documentación.
Paso 4: Presentar documentación
- Identidad: Cédula de identidad o pasaporte
- Estimación de ventas anuales: Proyección o historial (< L 250,000)
- Descripción de actividad económica: Tipo de negocio o servicio
- Otros documentos que el SAR solicite
Paso 5: SAR aprueba y registra
El SAR evalúa tu solicitud y, si calificas, te registra formalmente en el régimen simplificado. Recibirás confirmación oficial.
Paso 6: Iniciar operaciones
Una vez registrado, puedes iniciar (o continuar) tus operaciones comerciales bajo el régimen simplificado. Recuerda cumplir con la declaración anual.
Declaración Anual de ISV
Como contribuyente del régimen simplificado, tu obligación principal es presentar la declaración anual de ISV. Se presenta una sola vez al año, a diferencia del régimen general que requiere 12 declaraciones mensuales.
Frecuencia y plazo
- Frecuencia: Una vez al año
- Plazo: Según calendario fiscal SAR (verificar)
- Generalmente en el primer trimestre del año siguiente
Sistema de presentación
- DET Live: Sistema online del SAR
- Formulario específico para régimen simplificado
- Menos campos que formulario SAR 222
Datos requeridos en declaración anual:
- Total ventas anuales: Suma de todas las ventas del año
- ISV trasladado: ISV que cobraste a tus clientes
- Base de cálculo: Ventas gravadas (15% y/o 18%)
- ISV a pagar calculado sobre ventas anuales
Ventaja: Menos carga administrativa
1 declaración al año vs 12 declaraciones mensuales (régimen general) = Enorme ahorro de tiempo y esfuerzo. Ideal para pequeños emprendedores que quieren enfocarse en su negocio, no en trámites.
Ventajas y Desventajas
✅ Ventajas
- ✓Declaración solo 1 vez al año (vs 12 veces en régimen general)
- ✓Menos trámites administrativos
- ✓Contabilidad simplificada (registro básico)
- ✓Ideal para pequeños negocios y emprendedores
- ✓Menos costos de asesoría contable
- ✓Facturación simplificada
❌ Desventajas
- ✗Límite L 250,000 anuales (restrictivo si creces)
- ✗Créditos fiscales limitados (no puedes acreditar ISV compras fácilmente)
- ✗Percepción de "pequeño" (algunas limitaciones comerciales)
- ✗Si superas umbral, debes cambiar a general (procedimiento adicional)
- ✗Menos opciones de financiamiento bancario
Preguntas Frecuentes
¿Puedo elegir régimen simplificado si vendo menos de L 250,000?
Sí, si tus ventas anuales son menores a L 250,000, puedes solicitar inscribirte en el régimen simplificado. Es ideal para pequeños negocios que quieren reducir su carga administrativa. Debes registrarte formalmente con el SAR.
¿Qué pasa si supero L 250,000 en un año?
Si superas el umbral de L 250,000 en ventas anuales, debes cambiar al régimen general. Notifica al SAR antes del mes siguiente al que superaste el límite. En el régimen general deberás declarar ISV mensualmente y cumplir con obligaciones más complejas.
¿Puedo cambiar de régimen simplificado a general voluntariamente?
Sí, aunque no superes el umbral, puedes solicitar cambiar al régimen general si tu negocio lo requiere (por ejemplo, si necesitas acreditar créditos fiscales completos o si tus clientes prefieren trabajar con contribuyentes del régimen general). Consulta con el SAR el procedimiento.
¿Debo emitir facturas electrónicas en régimen simplificado?
Depende de tu volumen de ventas y sector. Generalmente, el régimen simplificado permite facturación simplificada (recibos, comprobantes básicos). Consulta con el SAR si tu caso específico requiere factura electrónica. Ver: Factura Electrónica Honduras.
¿Cómo calculo mi ISV anual?
Suma todas tus ventas gravadas del año (separadas por tasa: 15% y/o 18%). Calcula el ISV correspondiente: ventas 15% × 0,15 + ventas 18% × 0,18. Resta el ISV acreditable (si aplica). El resultado es el ISV anual a pagar. Usa nuestra Calculadora ISV Honduras para facilitar el cálculo.
¿Necesito contador en régimen simplificado?
No es obligatorio, pero puede ser útil para tu declaración anual, especialmente si no estás familiarizado con trámites tributarios. Dado que solo declaras una vez al año, los costos de asesoría son mucho menores que en el régimen general. Muchos pequeños emprendedores lo hacen solos.
Temas relacionados
Fuentes oficiales
- SAR Honduras — Portal oficial — Información sobre régimen simplificado
- Ley del ISV — Régimen simplificado — Disposiciones legales
- SAR — Registro contribuyentes — Cómo inscribirse
Información verificada
Última revisión: 15 de noviembre de 2025 • Por: Equipo ivacalculator.com
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