Ley 822 Concertación Tributaria: Marco Legal del IVA en Nicaragua
La Ley No. 822, Ley de Concertación Tributaria, publicada en La Gaceta No. 241 el 17 de diciembre de 2012, modernizó el sistema fiscal nicaragüense. Estableció la tasa única del IVA 15%, creó el Régimen de Cuota Fija, reordenó las exenciones y sentó las bases de las declaraciones mensuales. Esta guía traduce su contenido técnico a lenguaje práctico.
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Objetivos de la Ley 822
La norma surgió de un proceso de concertación entre el Gobierno y sectores productivos. Sus metas principales fueron:
- Unificar y simplificar la estructura tributaria.
- Garantizar progresividad en el Impuesto sobre la Renta (IR).
- Modernizar el IVA con reglas claras de débito y crédito fiscal.
- Racionalizar las exenciones para enfocarlas en canasta básica, salud y educación.
- Crear incentivos para la formalización (Régimen de Cuota Fija y regímenes especiales sectoriales).
Estructura general
La ley contiene cuatro grandes bloques:
- Impuesto sobre la Renta (IR): regula rentas del trabajo, empresariales, capital y ganancias patrimoniales.
- Impuesto al Valor Agregado (IVA): define la tasa del 15%, hechos generadores, base imponible y créditos.
- Impuesto Selectivo al Consumo (ISC): grava bienes específicos como tabaco, bebidas alcohólicas o combustibles.
- Regímenes especiales: incluye cuota fija, incentivos a zonas francas y mecanismos anti-evasión.
Artículo 111: exenciones de IVA
Este artículo es la referencia central para productos exentos. Describe listas cerradas de alimentos básicos, medicamentos, material educativo, servicios de transporte público y exportaciones a tasa 0%. También autoriza al Ministerio de Hacienda a ampliar o precisar la lista mediante acuerdos ministeriales (como el 002-2023).
Reformas Relevantes a la Ley 822
La Ley 822 no es estática; ha sido modificada para adaptarse a las necesidades económicas del país. Las reformas más importantes son:
- Ley 891 (2014): Ajustó tarifas de IR, amplió el ISC y precisó reglas de crédito fiscal.
- Decreto 08-2019: Actualizó el reglamento de la Ley 822, definiendo formatos y procedimientos para la DGI.
Nueva Reforma: Ley N° 1212 (Agosto 2024)
Publicada el 22 de agosto de 2024, esta es la reforma más reciente. Aunque no modifica la tasa general del IVA del 15%, introduce cambios importantes:
- Control de Exenciones: Modifica el artículo 32 para redefinir qué sujetos están exentos del Impuesto sobre la Renta (IR), lo que indirectamente afecta a algunas organizaciones sin fines de lucro que antes gozaban de beneficios fiscales amplios.
- Obligaciones para OSFL: Las Organizaciones Sin Fines de Lucro que pierden su exención de IR ahora deben cumplir con todas las obligaciones contables y formales del régimen general, incluyendo la declaración de IVA si realizan actividades económicas gravadas.
- Vigencia: Estos cambios entraron en vigor inmediatamente tras su publicación.
Esto demuestra la importancia de mantenerse actualizado, ya que el marco legal, aunque estable en su tasa de IVA, evoluciona en sus detalles administrativos y de control.
Impacto para los contribuyentes
Para el régimen general
- Obligación de emitir facturas autorizadas.
- Declarar IVA y retenciones mensualmente, como se detalla en la guía de declaración.
- Derecho a créditos fiscales documentados.
Para micro negocios
- Posibilidad de adherirse al Régimen de Cuota Fija.
- Exoneraciones especiales para ingresos mínimos (menores a C$10,000).
- Requisitos simples de facturación.
📚 Otros recursos útiles
Fuentes oficiales
- Ley N° 822 — Texto oficial — Publicación original en La Gaceta (Asamblea Nacional)
- Ley N° 1212 (Agosto 2024) — Reforma reciente sobre exenciones y control (La Gaceta)
- DGI Nicaragua — Portal oficial — Dirección General de Ingresos
Información verificada
Última revisión: 15 de noviembre de 2025 • Por: Equipo ivacalculator.com
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