Guía del IVU al 4% para Servicios B2B 2025

En Puerto Rico, ciertos servicios profesionales y transacciones entre negocios (B2B) no pagan el 11.5% de IVU, sino una tasa reducida del 4%. Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber. Para la tasa general, visita nuestra calculadora de IVU principal.

¿Qué servicios pagan el 4% de IVU?

Pagan el 4% los servicios prestados a otros comerciantes registrados en SURI (B2B) y los 'servicios profesionales designados' (ej. contadores, abogados). Esta tasa es solo estatal y no incluye el 1% municipal.

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Matriz de Servicios Designados al 4%

La tasa del 4% aplica a dos grandes grupos: servicios entre comerciantes (B2B) y servicios profesionales designados. Aquí tienes una tabla con ejemplos comunes.

Categoría Ejemplos de Servicios al 4% Condición Principal
Servicios Profesionales Designados Contadores, abogados, ingenieros, agrimensores, arquitectos. Prestado por una persona con licencia profesional.
Servicios B2B Generales Publicidad, consultoría, seguridad, limpieza, mantenimiento de equipos. El servicio debe ser prestado a otro comerciante registrado en SURI.
Alquiler de Bienes Muebles Renta de vehículos comerciales, maquinaria, equipo audiovisual. El arrendatario debe ser un comerciante registrado.

Comparativa: 4% vs. 11.5%

IVU al 4%

  • Aplica a servicios B2B y profesionales designados.
  • Es una tasa puramente estatal.
  • No se le añade el 1% municipal.
  • Requiere que ambas partes sean comerciantes registrados (en B2B).

IVU al 11.5%

  • Tasa general para la venta de bienes y la mayoría de servicios.
  • Se compone de 10.5% estatal + 1% municipal. Conoce más sobre el componente municipal aquí.
  • Aplica a servicios a consumidores finales.
  • Es la tasa por defecto si no se cumple un criterio de exención o tasa reducida.

Flujo: ¿Tu servicio califica para el 4%?

Paso 1: ¿Es un servicio o un producto?

Si es un producto (bien tangible), aplica 11.5%. Si es un servicio, continúa.

Paso 2: ¿A quién le prestas el servicio?

Si es a un consumidor final, aplica 11.5%. Si es a otra empresa (comerciante registrado), continúa.

Paso 3: ¿Tu cliente tiene Registro de Comerciante?

Pide a tu cliente su Certificado de Registro de Comerciante. Si no lo tiene, debes facturar al 11.5%. Si lo tiene, ¡puedes aplicar el 4%!

Conclusión: Si respondiste "servicio", "a otra empresa" y "sí tiene registro", eres elegible para la tasa del 4%.

Checklist de Cumplimiento

  • Verifica tu Registro de Comerciante: Asegúrate de que tu certificado esté vigente. Si aún no lo tienes, sigue nuestra guía para el registro en SURI.
  • Solicita el certificado de tu cliente: Antes de facturar, pide a tu cliente su Registro de Comerciante y guárdalo como evidencia.
  • Emite una factura desglosada: La factura debe mostrar claramente la base del servicio y el "IVU Estatal (4%)". No menciones el IVU municipal.
  • Lleva un registro separado: Mantén un control contable de tus ingresos al 4% separados de los del 11.5% para facilitar la declaración mensual.
  • Confirma tus obligaciones en SURI →

Preguntas Frecuentes

¿El IVU del 4% aplica a la venta de productos?

No. La tasa del 4% está reservada exclusivamente para la prestación de servicios entre comerciantes registrados en SURI y para servicios profesionales designados, no para la venta de bienes muebles tangibles, que generalmente tributan al 11.5%.

¿Qué pasa si facturo al 4% por error a un no comerciante?

Facturar incorrectamente al 4% a un individuo o entidad no registrada como comerciante es un error. La tasa correcta sería 11.5%. Eres responsable de cobrar, reportar y remitir la diferencia del 7.5% a Hacienda, además de posibles multas o intereses.

¿Necesito un certificado especial para facturar al 4%?

Sí, necesitas el 'Certificado de Registro de Comerciante' vigente. Tu cliente también debe proporcionarte su certificado para validar que la transacción es elegible como B2B. Es una buena práctica mantener copia de ambos certificados como evidencia.

¿Cómo se reporta el IVU del 4% en la planilla mensual?

En la Planilla Mensual de Impuesto sobre Ventas y Uso (Modelo SC 2915), debes desglosar los ingresos por tipo de tasa. Habrá una línea específica para reportar las ventas de servicios tributables al 4% de forma separada de las ventas al 11.5%.

¿Los servicios de mantenimiento y reparación califican para el 4%?

Generalmente, los servicios de reparación y mantenimiento a bienes muebles sí califican para la tasa del 4%, siempre y cuando se presten a otro comerciante registrado. Sin embargo, los servicios de reparación a bienes inmuebles (como una oficina) tributan a la tasa general del 11.5%.

Fuentes oficiales

Información verificada

Última revisión: 13 de noviembre de 2025 Por: Equipo de ivacalculator.com con revisión de contadores locales.

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