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Factura Electrónica en Uruguay (CFE)

Datos clave 2025

Obligatoria desde: 01/01/2025 para TODOS los contribuyentes IVA

Tipos de CFE: 8 tipos (e-Factura, e-Ticket, e-Remito, e-Resguardo + notas)

Portal oficial: efactura.dgi.gub.uy

Ejemplo: e-Factura (111): B2B con crédito fiscal • e-Ticket (101): consumidor final

La factura electrónica mediante Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE) es obligatoria en Uruguay desde el 01/01/2025 para TODOS los contribuyentes de IVA. Este sistema, administrado por DGI, busca reducir la evasión fiscal, aumentar la recaudación y modernizar la facturación comercial.

Marco Legal y Obligatoriedad

⚠️ Universalización 2025

Desde el 01/01/2025, TODOS los contribuyentes de IVA deben emitir CFE obligatoriamente:

  • IVA básico (régimen general)
  • IVA mínimo (Literal E)
  • Nuevos registros desde su inscripción

Excepciones: Muy limitadas. Consulta con DGI si crees tener una excepción específica.

Base legal:

  • Resoluciones DGI sobre facturación electrónica
  • Reglamento de Comprobantes Fiscales Electrónicos
  • Actualizaciones 2024/2025

Portal oficial:

www.efactura.dgi.gub.uy

Información técnica, guías de implementación, proveedores habilitados y soporte.

¿Qué es un CFE?

CFE significa Comprobante Fiscal Electrónico. Es un documento estructurado en formato XML que sustituye a la factura física tradicional y tiene plena validez legal.

Características técnicas:

  • Formato XML (sintaxis definida por DGI)
  • Firma electrónica avanzada (obligatoria)
  • Numeración correlativa mediante CAE
  • Transmisión en tiempo real a DGI
  • Conservación obligatoria 5 años

Ventajas:

  • Reducción de papel (ecológico)
  • Mayor control fiscal
  • Integración contable automatizada
  • Validación en tiempo real
  • Histórico digital accesible
  • Menor riesgo de pérdida o extravío

8 Tipos de CFE en Uruguay

Uruguay utiliza 8 tipos diferentes de CFE para distintas operaciones comerciales. Los más comunes son e-Factura y e-Ticket.

📋 e-Factura (código 111) — B2B

Operaciones entre contribuyentes de IVA (B2B - Business to Business)

  • Incluye IVA desglosado (22%, 10%, exento)
  • Permite crédito fiscal al receptor
  • RUT del receptor obligatorio
  • Ejemplo: Proveedor mayorista → Comercio minorista

🧾 e-Ticket (código 101) — B2C

Operaciones con consumidor final (B2C - Business to Consumer)

  • No permite crédito fiscal al receptor
  • Datos del receptor opcionales
  • Uso diario en comercios minoristas
  • Ejemplo: Comercio → Cliente final sin RUT

Notas de ajuste:

Nota de Crédito:

  • e-Factura: código 112
  • e-Ticket: código 102
  • Ajustes a la baja, devoluciones, anulaciones

Nota de Débito:

  • e-Factura: código 113
  • e-Ticket: código 103
  • Ajustes al alza, recargos posteriores

Comprobantes especiales:

📦 e-Remito (código 181)

  • Documentar movimiento de mercaderías
  • Sin monto / sin IVA
  • Traslados entre depósitos

🔒 e-Resguardo (código 182)

  • Documentar retenciones fiscales
  • Operaciones específicas

Conjunto mínimo obligatorio: e-Factura (111) + e-Ticket (101) + sus respectivas notas de crédito y débito.

e-Factura vs e-Ticket: ¿Cuál usar?

Aspecto e-Factura (111) e-Ticket (101)
Destinatario Contribuyente IVA Consumidor final
Datos receptor RUT obligatorio Opcional
Crédito fiscal ✅ Sí (receptor recupera IVA) ❌ No
Uso típico B2B, ventas a empresas B2C, retail, consumidor final
Ejemplo Proveedor → Comercio Comercio → Cliente sin RUT

Regla simple:

  • Cliente tiene RUT y necesita crédito fiscal → e-Factura (111)
  • Cliente es consumidor final sin RUT → e-Ticket (101)

Requisitos Técnicos para Implementar CFE

1. Certificado digital (firma electrónica)

  • Proveedores autorizados por DGI
  • Lista disponible en portal e-factura
  • Costo variable según proveedor
  • Renovación anual

2. Software de facturación certificado

Opciones:

  • Software local: Instalado en PC/servidor
  • Software cloud: Online, acceso desde cualquier lugar
  • API integración: Sistema propio conectado a DGI

Debe cumplir especificaciones DGI y estar en "Registro de Proveedor Habilitado"

3. CAE (Constancia de Autorización de Emisión)

  • Obtenido desde portal DGI (servicios.dgi.gub.uy)
  • Permite numerar CFE correlativamente
  • Renovación periódica
  • Configura series de numeración

4. Integración contable

  • Sincronización con sistema contable
  • Registro automático de ventas
  • Generación de reportes IVA
  • Backups periódicos

Paso a Paso: Cómo Implementar Factura Electrónica

1

Registrarse como emisor electrónico en DGI

Portal: servicios.dgi.gub.uy con RUT y contraseña

2

Obtener certificado digital

Seleccionar proveedor autorizado y adquirir certificado de firma electrónica

3

Seleccionar software de facturación

Evaluar opciones (local vs cloud), verificar proveedor habilitado por DGI

4

Solicitar CAE

Desde servicios en línea DGI, configurar series de numeración

5

Configurar software

Instalar/configurar, integrar certificado, configurar tasas IVA (22%, 10%, 0%), cargar productos

6

Pruebas y validación

Emitir CFE de prueba, validar con DGI, verificar recepción correcta

7

Emisión oficial

Inicio de emisión en producción, conservar respaldos (5 años)

Conservación y Respaldos

⚠️ Obligación: Conservar CFE durante 5 años

  • Aplica a emisor y receptor
  • Formato: XML original + PDF para visualización
  • Backups periódicos recomendados
  • Acceso para auditorías DGI
  • Portal DGI: histórico de CFE emitidos/recibidos
  • Software debe permitir exportación de datos

Comprobantes de Contingencia (CFC)

Cuando no sea posible emitir CFE electrónico (falla internet, problema con software, caída portal DGI), existe una solución de contingencia:

Comprobante Fiscal de Contingencia (CFC):

  • Factura en papel pre-impresa autorizada
  • Numeración especial de contingencia
  • Importante: Luego ingresar al sistema como CFE
  • Plazo para regularizar: según normativa DGI
  • Uso excepcional, no habitual

Costos de Implementación

Inversión inicial:

  • Certificado digital: Variable/año
  • Software facturación: Variable/mes
  • Capacitación: Tiempo personal
  • Integración sistemas: Si aplica

Costos recurrentes:

  • Renovación certificado (anual)
  • Licencia software (mensual/anual)
  • Soporte técnico (opcional)
  • Actualizaciones de sistema

Opciones económicas: Software cloud generalmente más accesibles, algunos proveedores con planes básicos gratuitos o de bajo costo. Para IVA mínimo: soluciones simplificadas disponibles.

Preguntas Frecuentes

¿Es obligatoria la factura electrónica en Uruguay?

Sí, desde el 01/01/2025 es obligatoria para TODOS los contribuyentes de IVA, incluyendo IVA básico e IVA mínimo (Literal E). No hay excepciones salvo casos muy específicos.

¿Qué pasa si no implemento CFE?

Incumplimiento de obligación fiscal, posibles sanciones de DGI, multas, y dificultades operativas (no podrás emitir facturas válidas).

¿Puedo seguir usando facturas físicas?

No, salvo casos de contingencia (fallas técnicas temporales). Las facturas físicas tradicionales ya no son válidas para contribuyentes de IVA desde 01/01/2025.

¿Cómo emitir factura a consumidor sin RUT?

Emite un e-Ticket (código 101). No requiere datos del receptor y no genera crédito fiscal para el cliente.

¿Qué es un CAE?

CAE significa Constancia de Autorización de Emisión. Es un permiso que otorga DGI para numerar correlativamente tus CFE. Lo obtienes desde el portal de servicios en línea de DGI.

¿Cuántos tipos de CFE existen?

Existen 8 tipos: e-Factura (111), e-Ticket (101), Nota de Crédito e-Factura (112), Nota de Débito e-Factura (113), Nota de Crédito e-Ticket (102), Nota de Débito e-Ticket (103), e-Remito (181) y e-Resguardo (182).

¿Cuánto cuesta implementar?

Variable según proveedores. Certificado digital (renovación anual) + software de facturación (mensual/anual). Existen opciones económicas, especialmente software cloud con planes básicos. Para IVA mínimo hay soluciones simplificadas.

¿El e-Ticket sirve para crédito fiscal?

No. Solo la e-Factura (111) permite al receptor generar crédito fiscal. El e-Ticket (101) es para consumidor final sin derecho a crédito fiscal.

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Fuentes oficiales

Información verificada

Última revisión: 10 de noviembre de 2025 Por: Equipo ivacalculator.com

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