Exenciones y Exoneraciones de IVA en Venezuela
En Venezuela, ciertos productos y servicios están exentos o exonerados de IVA. La exención es permanente (establecida en la Ley IVA), mientras que la exoneración es temporal (decreto ejecutivo). Estos beneficios protegen la canasta básica, salud, educación y otros sectores estratégicos según el Artículo 18 de la Ley IVA.
Exención vs Exoneración: Diferencia Legal
| Aspecto | Exención | Exoneración |
|---|---|---|
| Fuente legal | Ley IVA (Artículo 18) | Decreto ejecutivo |
| Duración | Permanente | Temporal (con plazo) |
| Modificación | Requiere reforma de ley | Decreto ejecutivo (renovable) |
| Estabilidad | Alta (protección legal) | Variable (puede expirar) |
Definición técnica: En exención, "la obligación tributaria nace pero la Ley nos exime de cumplirla" (permanente). En exoneración, el Ejecutivo libera temporalmente de la obligación mediante decreto.
No sujeción: Diferente de exención. Una operación "no sujeta" está fuera del ámbito de aplicación del IVA, mientras que exención/exoneración son operaciones gravables que la Ley/decreto eximen.
Productos Alimenticios Exentos (Artículo 18)
Productos del reino vegetal
- Estado natural, destinados a consumo humano
- Semillas certificadas en general
Especies avícolas
- Huevos fértiles de gallina
- Pollitos
- Huevos de gallina
Productos lácteos
- Leche cruda, pasteurizada, en polvo
- Leche modificada, maternizada o humanizada
- Fórmulas infantiles (incluidas de soya)
Carnes
- Pollo, ganado bovino, porcino
- Estado natural, refrigeradas, congeladas
- Saladas o en salmuera
Nota: Algunas carnes pagan 8% reducido (ver Artículo 63).
Maíz
- Destinado a elaboración de alimentos de consumo humano
Aceites vegetales
- Refinados o no
- Usados en aceites comestibles, mayonesa, margarina
Medicamentos y Productos de Salud
El Artículo 18 exime de IVA una amplia gama de productos de salud:
Medicamentos
- Medicamentos y agroquímicos
- Principios activos para fabricación de medicamentos
- Para uso humano, animal y vegetal
Biológicos
- Vacunas, sueros, plasmas
- Sustancias humanas o animales (terapéutica/profiláctica)
Dispositivos médicos
- Marcapasos, catéteres, válvulas
- Órganos artificiales y prótesis
Adaptaciones para discapacidad
- Vehículos adaptados para personas con discapacidad
- Sillas de ruedas
Educación y Cultura
Productos exentos:
- Diarios y periódicos
- Papel destinado a la edición de diarios y periódicos
- Libros, revistas y folletos
- Materiales educativos en general
La exención busca promover el acceso a la información y la educación como derechos fundamentales.
Otros Bienes y Servicios Exentos
- Servicios profesionales: Ciertos servicios según definiciones específicas de la Ley
- Exportaciones: Técnicamente gravadas a tasa 0% (no exención, pero sin pago de impuesto)
- Hidrocarburos naturales: Exportados por empresas mixtas (tasa 0%)
Diferencia importante: Exportaciones llevan tasa 0% (gravadas pero sin impuesto), lo que permite al exportador acreditar IVA pagado en insumos. En exención pura, no hay derecho a acreditar IVA de compras.
Exoneraciones Temporales 2025
El Ejecutivo Nacional puede emitir decretos de exoneración temporal para bienes o servicios específicos. Estas exoneraciones tienen un plazo definido (generalmente 1 año) y son renovables.
Exoneraciones vigentes en 2025:
- Bienes de importación seleccionados según Providencias SENIAT
- Productos específicos definidos en decretos presidenciales
- Servicios prioritarios según política económica
Importante: Verifica vigencia de cada exoneración en Gaceta Oficial o portal SENIAT, ya que pueden expirar o renovarse.
Recursos actualizados: Consulta Moore Venezuela para información sobre nuevas normas de exoneración 2025.
Cómo Verificar si un Producto está Exento
1. Consultar Artículo 18 Ley IVA
Fuente primaria para exenciones permanentes. Lista completa en Gaceta Oficial Extraordinaria 6507.
2. Revisar Gaceta Oficial para exoneraciones
Decretos presidenciales de exoneración temporal se publican en Gaceta Oficial.
3. Portal SENIAT
Información oficial actualizada en www.seniat.gob.ve
4. Revisar factura
Debe indicar "Exento" o "E" en el campo de IVA.
5. Consultar contador o especialista
Ante dudas, asesoría profesional garantiza cumplimiento correcto.
Preguntas Frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre exención y exoneración?
Exención es permanente (Ley IVA) y requiere reforma legal para cambiar. Exoneración es temporal (decreto ejecutivo) con plazo definido, renovable o puede expirar.
¿Las exportaciones están exentas?
Técnicamente no. Las exportaciones llevan tasa 0%, lo que permite al exportador acreditar el IVA pagado en insumos. En exención pura, no hay derecho a acreditar IVA de compras.
¿Debo emitir factura si el producto está exento?
Sí, debes emitir factura indicando "Exento" o "E" en el campo de IVA. La factura es obligatoria, aunque no se cobre IVA.
¿Puedo acreditar IVA si vendo productos exentos?
No. Si vendes productos exentos, no puedes acreditar el IVA pagado en tus compras relacionadas. Esto es diferente de la tasa 0% (exportaciones) que sí permite acreditar IVA.
¿Dónde consulto la lista oficial completa?
En la Ley del Impuesto al Valor Agregado — Artículo 18 (Gaceta Oficial Extraordinaria 6507). También en el portal SENIAT y en Moore Venezuela para actualizaciones 2025.
Temas relacionados
📚 Otros recursos útiles en nuestra web
Fuentes oficiales
- Ley del Impuesto al Valor Agregado — Artículo 18 — Lista completa de exenciones
- Gaceta Oficial Extraordinaria 6507 — Ley IVA completa
- SENIAT Venezuela — Exenciones — Información oficial actualizada
- Moore Venezuela — Exoneraciones 2025 — Nuevas normas de exoneración
Información verificada
Última revisión: 10 de noviembre de 2025 • Por: Equipo ivacalculator.com
Contenido revisado según fuentes oficiales y normativa vigente