Declaración de ITBIS en República Dominicana: Guía del Formulario IT-1
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La declaración de ITBIS en República Dominicana es una obligación mensual para todos los contribuyentes registrados. Se realiza mediante el Formulario IT-1 (Declaración Jurada de ITBIS) a través de la Oficina Virtual (OFV) de la DGII. El plazo de presentación es los primeros 20 días del mes siguiente. Esta guía explica paso a paso cómo cumplir correctamente con esta obligación tributaria.
¿Quiénes Deben Declarar ITBIS?
La declaración mensual de ITBIS es obligatoria para:
Contribuyentes obligados:
- Personas físicas con RNC activo
- Personas jurídicas (empresas)
- Negocios registrados con actividades gravadas
- Profesionales liberales
- Empresas públicas y privadas
Obligación independiente:
- Obligación mensual
- Independiente de si hay ventas o no
- Declaración en cero si no hay movimiento
- Plazo: primeros 20 días del mes siguiente
Ejemplo: ITBIS de enero → declarar antes del 20 de febrero
¿Qué es el Formulario IT-1?
El IT-1 es la Declaración Jurada de ITBIS, el documento oficial de la DGII donde se reportan todas las operaciones con ITBIS del mes.
El IT-1 reporta:
Ventas:
- Ventas totales del mes
- Ventas gravadas 18%
- Ventas gravadas 16%
- Ventas exentas (0%)
- ITBIS trasladado (cobrado a clientes)
Compras:
- Compras del mes
- ITBIS acreditable (pagado en compras)
- Importaciones (si aplica)
Resultado:
ITBIS a pagar = ITBIS trasladado - ITBIS acreditable
Si el resultado es negativo → saldo a favor del contribuyente
Anexo A:
El Anexo A es un detalle complementario de las operaciones del mes que DEBE presentarse ANTES del IT-1. Sin el Anexo A, el sistema NO permitirá enviar el IT-1.
Prerequisitos para Presentar IT-1
IMPORTANTE: Los Formularios 606 y 607 DEBEN estar presentados antes de enviar el IT-1. Esta es una secuencia obligatoria:
Secuencia obligatoria:
Formulario 606:
Declaración Informativa de Compras
- Detalla todas las compras del mes
- NCF de proveedores
- ITBIS acreditable
- Información de cada transacción
Formulario 607:
Declaración Informativa de Ventas
- Detalla todas las ventas del mes
- NCF emitidos
- ITBIS cobrado
- Información de cada factura
Otros requisitos:
- Acceso Oficina Virtual DGII
- RNC activo
- Contraseña OFV
- Token de seguridad (físico o soft-token)
- Registros contables del mes
- NCF válidos (compras y ventas)
Paso a Paso: Cómo Presentar IT-1
Paso 1: Acceder a Oficina Virtual
- Ir a: dgii.gov.do
- Click en "Oficina Virtual"
- Ingresar RNC o cédula
- Contraseña + token de seguridad
Paso 2: Enviar Formularios 606 y 607 (prerequisito)
- Menú: Declaraciones → Formatos de Envío de Datos
- Subir archivo 606 (compras)
- Subir archivo 607 (ventas)
- Formato: TXT o XML
- Validar y enviar
- Esperar confirmación
Importante: Sin 606/607 aprobados, NO podrá presentar IT-1.
Paso 3: Seleccionar IT-1
- Menú: Declaraciones Juradas
- Click "Declaración Interactiva"
- Seleccionar "IT-1 Declaración ITBIS"
- Ingresar año y mes
- Click "Continuar"
Paso 4: Completar Anexo A (ANTES del IT-1)
El Anexo A DEBE presentarse primero. Sin él, no podrá enviar IT-1.
- Ingresar datos de compras del mes:
- Compras por tasa (18%, 16%, exentas)
- ITBIS acreditable
- Importaciones (si aplica)
- Verificar montos
- Click "Enviar Documento"
- Guardar comprobante Anexo A
Paso 5: Completar Formulario IT-1
Ahora disponible (después de Anexo A aprobado).
- Ingresar:
- Ventas gravadas 18%
- Ventas gravadas 16%
- Ventas exentas
- ITBIS trasladado (cobrado)
- Sistema trae automáticamente:
- ITBIS acreditable (del Anexo A)
- Cálculo ITBIS a pagar
- Revisar resumen
- Click "Enviar Documento"
Paso 6: Generar y Guardar Comprobante
- Sistema genera comprobante IT-1
- Descargar PDF
- Imprimir y archivar
- Anotar monto a pagar
Paso 7: Pagar ITBIS (si hay saldo a pagar)
- Opciones de pago:
- Pago electrónico (OFV)
- Bancos autorizados
- Transferencia
- Plazo: mismos 20 días
- Guardar comprobante de pago
Créditos Fiscales (ITBIS Acreditable)
El ITBIS acreditable es el ITBIS pagado en compras relacionadas con su actividad económica gravada.
Requisitos para acreditar:
- NCF válido del proveedor
- Proveedor registrado en DGII
- ITBIS desglosado en factura
- Compra relacionada a actividad gravada
NO acreditable:
- Compras para ventas exentas
- Gastos personales
- NCF inválidos
- Compras sin relación con actividad
Saldo a favor:
- Si ITBIS acreditable > ITBIS trasladado → saldo a favor
- Se acumula para próximos meses
- O solicitar devolución (trámite DGII)
Plazos y Sanciones
Plazos:
- Declaración y pago: primeros 20 días del mes siguiente
- Declaración en cero: obligatoria si no hay operaciones
Sanciones por mora:
- Primer mes: 10% del impuesto adeudado
- Meses siguientes: 4% adicional mensual
- Intereses: 1,10% mensual acumulativo
- Incumplimiento formal: 5-30 salarios mínimos
⚠️ Importante:
Declarar a tiempo evita costos significativos. Las multas e intereses se acumulan rápidamente. Siempre declare, aunque sea en cero.
Errores Comunes y Cómo Evitarlos
Error 1: No presentar 606/607 primero
Solución: Siempre 606/607 antes de IT-1. Es un requisito técnico del sistema.
Error 2: Olvidar Anexo A antes de IT-1
Solución: Secuencia correcta: 606/607 → Anexo A → IT-1
Error 3: Montos no coinciden entre 606/607 y IT-1
Solución: Verificar totales antes de enviar. Sistema valida consistencia.
Error 4: NCF inválidos en 606/607
Solución: Consultar NCF antes en herramienta DGII (dgii.gov.do/consultas/NCF-)
Error 5: No declarar en meses sin ventas
Solución: Siempre declarar en cero. Es obligatorio aunque no haya operaciones.
Preguntas Frecuentes
¿Qué hago si no tengo ventas en un mes?
Debe presentar declaración en cero. Es obligatorio declarar mensualmente incluso si no hay operaciones. El sistema permite declaraciones en cero.
¿Puedo rectificar IT-1 después de enviar?
Sí, puede presentar una declaración rectificativa dentro del período vigente. Acceda nuevamente al formulario IT-1 e ingrese los datos corregidos.
¿Cómo obtengo token de seguridad?
Solicite el token en las oficinas de DGII o a través del portal. Puede ser físico (dispositivo) o soft-token (aplicación móvil).
¿Qué hago si olvidé declarar un mes?
Declare cuanto antes. El sistema permite declaraciones atrasadas. Deberá pagar multa e intereses por mora. Mientras más tarde, mayores las sanciones.
¿Necesito contador para declarar?
Es recomendable pero no obligatorio si su empresa es simple. Para empresas con múltiples operaciones, créditos fiscales complejos o exportaciones, es altamente recomendable contratar servicios contables.
¿Cuánto tiempo conservar comprobantes?
Se recomienda conservar 10 años mínimo. DGII puede realizar auditorías en cualquier momento, y debe poder respaldar sus declaraciones con comprobantes válidos.
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Fuentes oficiales
- DGII — Oficina Virtual — Portal para declaraciones
- Instructivo Llenado IT-1 (PDF 2020) — Guía oficial DGII
- Instructivo Envío IT-1 OFV (PDF) — Procedimiento Oficina Virtual
- DGII — Página ITBIS — Información general ITBIS
- Alegra — Guía IT-1 — Tutorial paso a paso
Información verificada
Última revisión: 15 de noviembre de 2025 • Por: Equipo ivacalculator.com
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